Este 24 de febrero entraron en vigor los aranceles globales que el presidente estadounidense Donald Trump impuso, luego de que la Corte Suprema de Estados Unidos declarara inconstitucionales las tarifas bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA, por sus siglas en inglés).
De acuerdo con el aviso emitido por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés), a partir de este martes se cobra un arancel adicional del 10% a todos los productos no cubiertos por exenciones. Esta tasa es la anunciada inicialmente por el presidente Donald Trump, quien el sábado la aumentó al 15%, el máximo permitido.
Los nuevos aranceles se justifican bajo la sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, que otorga al presidente la facultad unilateral de imponer tarifas. Sin embargo, esta disposición legal establece una vigencia máxima de 150 días.
En caso de querer ampliarlos, se requeriría la aprobación del Congreso, algo que analistas ven difícil de lograr, pues varios legisladores, incluidos republicanos, se han mostrado en contra de los aranceles de Trump.
El viernes por la noche, tras la decisión de la Corte Suprema, la Casa Blanca publicó un documento oficial que establece las reglas para la aplicación de un nuevo arancel bajo la sección 122.
La orden ejecutiva de la Casa Blanca especifica algunas excepciones a estos aranceles, como los productos que cumplan con las reglas del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Los nuevos aranceles globales permanecerán vigentes del 24 de febrero al 24 de julio de 2026.
Los aranceles para México
México fue uno de los países más beneficiados con estos nuevos aranceles globales, y las tarifas que pagará la mercancía mexicana quedan de la siguiente manera:
- Los productos que sí cumplen con las reglas de origen del T-MEC (aproximadamente 85% de las exportaciones mexicanas) continuarán pagando un arancel de 0%, manteniendo el acceso preferencial al mercado estadounidense.
- El arancel aplicable a exportaciones que no cumplen con las reglas de origen del T-MEC se reduce de 25% a 15%.
- Se mantiene la regla de “non-stacking”, que implica que no se acumulan los aranceles de la sección 232 con los aranceles recién impuestos bajo la sección 122.
La orden ejecutiva firmada por Trump especifica que los siguientes productos no estarán sujetos a este arancel del 15%, debido a las necesidades de la economía estadounidense:
- Ciertos minerales críticos.
- Metales utilizados en monedas y lingotes.
- Energía y productos energéticos.
- Recursos naturales y fertilizantes que no pueden cultivarse, extraerse o producirse de otro modo en Estados Unidos.
- Determinados productos agrícolas, como carne vacuna, tomates y naranjas.
- Productos farmacéuticos e ingredientes farmacéuticos.
- Determinados productos electrónicos.
- Vehículos de pasajeros, ciertos camiones ligeros, determinados vehículos de carga media y pesada, autobuses y algunas de sus partes, puesto que ya pagan aranceles del 25% y 10%.
- Determinados productos aeroespaciales.
- Materiales informativos, donaciones y equipaje acompañado.
En una orden ejecutiva separada, el presidente Trump también reafirmó y mantuvo la suspensión del tratamiento libre de impuestos, conocido como de minimis, para envíos de bajo valor, incluidos los bienes enviados a través del sistema postal internacional, los cuales también estarán sujetos al arancel temporal impuesto bajo la sección 122.
Es decir, con estos aranceles del 15% que entran en vigor este 24 de febrero, México mantiene ventajas competitivas frente a otros socios comerciales de Estados Unidos.
Para la Industria Nacional de Autopartes (INA), esto representa una oportunidad para consolidar la plataforma manufacturera de América del Norte de cara a la revisión del T-MEC, ya que la región enfrenta una competencia global cada vez más intensa en materia de electromovilidad, digitalización industrial y relocalización de cadenas de suministro.
Te invitamos a escuchar el nuevo episodio de nuestro podcast Ruta TyT:












