La Agencia de Seguridad de Energía y Ambiente (ASEA) alista una prórroga de seis meses para la vigencia de dos normas relacionadas con el transporte y la distribución de gas Licuado de Petróleo (LP).

Se trata de la NOM-EM-006-ASEA-2025, para el transporte de gas LP, y de la NOM-EM-007-ASEA-2025, para la distribución del mismo combustible.

Ambas normas, que incluyen la certificación de operadores y aparatos para regular los límites de velocidad, forman parte de la Nueva Regulación de Seguridad en México que entró en vigor el 4 de octubre de 2025, a raíz del mortal accidente ocurrido el 10 de septiembre del año pasado, cuando una pipa de gas LP explotó en la alcaldía Iztapalapa, en la Ciudad de México, dejando un saldo de 32 fallecidos.

El plazo de vigencia de estas normativas emergentes es de seis meses; es decir, vencen el 6 de abril. No obstante, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a través de la ASEA, su órgano administrativo desconcentrado, plantea extender sus vigencias por seis meses más, de acuerdo con dos avisos publicados en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

Los seis meses de prórroga propuestos para ambas normas se contarán a partir del 5 de abril.

Estos avisos propuestos por la autoridad regulatoria se encuentran en revisión y aún falta que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que entren en vigor.

Estas regulaciones, que complementan la Norma 007, han fortalecido la seguridad industrial y operativa en las actividades de transporte y distribución de gas LP en México, lo que ha permitido reducir los riesgos para la población y el medio ambiente.

En resumen, estas normativas emergentes adicionan la certificación de los operadores y la inclusión de aparatos para regular la velocidad, además de sistemas de geolocalización mediante GPS, así como pruebas de presión hidrostática.

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